Régimen de Puerto Libre
El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) ha establecido las siguientes regulaciones en la Aduana Sub Alterna Aérea El Yaqué para el traslado de ciertas mercancías:
- Mercancía Variada Nueva. Que no exceda a un valor en moneda nacional equivalente a 125 U.T. por persona mayor a 14 años.
- Whiskey. Hasta nueve (9) litros por persona, cupo permitido sólo a mayores de edad.
- Vino. Hasta Dieciocho (18) litros por persona mayor de edad.
- Cerveza. Hasta nueve (9) litros por persona, cupo permitido sólo a mayores de edad.
- Otros Licores. Hasta cinco (5 litros) por persona mayor de edad.
- Cigarros (Tabacos o Puros). Hasta setenta y cinco (75) unidades por persona, cupo permitido solo a mayores de edad.
- Cigarros. Un (1) cartón por persona, cupo permitido solo a mayores de edad.
- Picadura de Pipa. Hasta dos (2) Kilogramos por persona, cupo permitido solo a mayores de edad.
Cualquier otro tipo de información al respecto comuníquese a través del Número Telefónico (0295) 269.13.33 o a través del 0800 – SENIAT (736428).

